BONO DE VACACIONES (ART. I)
La Compañía pagará a cada socio con contrato vigente y que tenga derecho a hacer uso de su feriado legal un bono de vacaciones equivalente a $556.191.
El pago de este beneficio se hará proporcional a los días efectivamente tomados, pagándose en la liquidación del mes en que se termine el último día de vacaciones.
El beneficio se pierde si el socio no se toma los 15 días legales durante el año respectivo.
No procederá el pago proporcional de este beneficio en el caso de terminación del contrato de trabajo.
Atte.